Es una prestación de carácter social al que tiene derecho el miembro policial que se separa del servicio activo en forma definitiva, habiendo aportado por lo menos 240 imposiciones, la cual se pagará en dinero en efectivo.
Para aquellos Policías en servicio activo que no cumplan las 240 imposiciones, tendrán derecho a la devolución de sus aportes personales capitalizados hasta la fecha de publicación de su baja.
Principalmente de las aportaciones patronales y la contribución individual del colectivo policial, además de la rentabilidad de las inversiones privativas y no privativas.
- La Asamblea General de delegados.
- La Junta Directiva
- La Dirección Ejecutiva
- La Superintendencia de Bancos.
- La Comisión Fiscalizadora (Servicio de Cesantía)
Al Colectivo policial en servicio activo la concesión de préstamos emergentes, ordinarios, extraordinarios, prendarios e hipotecarios, conforme a su capacidad de endeudamiento y de acuerdo a los requisitos establecidos en la reglamentación propia de estos servicios.
Usted puede visitarnos en nuestras oficinas ubicadas en:
- MATRIZ: Quito: calle 9 de Octubre N29-24 y Av. Eloy Alfaro PBX: (02) 3950-900.
- SUCURSAL: Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y José Alavedra cdla Las Garzas mz. 12 sl. 27 segundo piso (sector CC. San Marino).
- EXTENSIÓN Ambato (Av. Atahualpa y Quiz Quiz).
- EXTENSIÓN Portoviejo (Av. José Urbina y Calle P).